Normativa
DeCA: el documento electrónico de control obligatorio desde el 5 de octubre de 2026
📅 6 julio 2026 · ⏱ 9 min lectura
← Volver a artículos Documento electrónico control administrativo transporte carretera

Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control administrativo del transporte público de mercancías por carretera debe ser exclusivamente digital. Esta obligación, establecida por la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y concretada técnicamente por la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE de 12 de junio de 2026), afecta a todos los transportistas y cargadores que operen en tráfico nacional.

Qué es el DeCA y qué sustituye

El Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA) es la versión digital del documento de control en papel exigido en los transportes interiores, regulado por la Orden FOM/2861/2012. La obligación se aplica al transporte nacional con origen y destino en España, incluido el cabotaje. Los transportes internacionales quedan fuera: seguirán usando el CMR y los documentos de los convenios suscritos por España.

Requisitos técnicos de las aplicaciones informáticas

Según la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784), las aplicaciones que gestionen DeCA deben:

Requisitos técnicos del fichero DeCA

Actuación ante una inspección en carretera

El conductor debe presentar el DeCA con el código QR o, en su defecto, únicamente el código QR. El agente escaneará el código y accederá directamente al PDF en el repositorio. No es necesario imprimir el documento si se dispone del QR en el móvil o en la pantalla del dispositivo de gestión del vehículo.

Conservación de los ficheros

Cargadores contractuales y transportistas efectivos deben conservar los ficheros durante al menos un año desde la fecha del transporte. Si el documento lo genera una de las partes, basta con que la otra pueda descargarlo durante ese periodo.

Un DeCA para varios servicios

La resolución permite consignar varios servicios en un mismo DeCA siempre que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos los envíos incluidos.

Cómo prepararse antes del 5 de octubre de 2026

ℹ️ Información oficial
El Ministerio de Transportes mantiene información actualizada, FAQs y grabaciones de las jornadas formativas en su web oficial: transportes.gob.es → DeCA. La fecha exacta de obligatoriedad es el 5 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio el DeCA?

El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026, fecha que resulta de sumar diez meses a la entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (5 de diciembre de 2025), conforme a su disposición transitoria octava.

¿El DeCA sustituye a la carta de porte?

No exactamente. El DeCA es la versión digital del documento de control administrativo regulado por la Orden FOM/2861/2012. La carta de porte tiene un contenido contractual más amplio. Cuando el documento de control también se usa con finalidad contractual, puede servir como carta de porte, pero son instrumentos distintos.

¿El DeCA es obligatorio en el transporte internacional?

No. El DeCA aplica únicamente al transporte nacional y al cabotaje. Los transportes internacionales siguen usando los documentos establecidos en los convenios suscritos por España, como el CMR.

¿Vale un documento escaneado como DeCA?

No. La Resolución de 5 de junio de 2026 exige que el DeCA sea nativo digital, generado directamente desde datos estructurados. Los ficheros obtenidos por escaneo de papel o de imágenes digitalizadas no son válidos.

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