El año 2026 trae cambios normativos de calado para el sector del transporte de mercancías por carretera en España. Tres son los ejes principales: la extensión del tacógrafo inteligente a nuevos vehículos, la entrada en vigor del límite de 44 toneladas y la obligatoriedad del documento de control electrónico. Te explicamos cada uno.
1. Tacógrafo inteligente G2V2 para furgonetas de transporte internacional
A partir del 1 de julio de 2026, los vehículos de entre 2,5 y 3,5 toneladas que realicen transporte internacional de mercancías o cabotaje en la Unión Europea deben incorporar el tacógrafo inteligente de segunda generación (G2V2) y cumplir las mismas normas de tiempos de conducción y descanso del Reglamento UE 561/2006 que ya se aplican a los camiones pesados.
Esta medida, incluida en el Paquete de Movilidad europeo, afecta a las furgonetas y vehículos ligeros que cruzan fronteras con carga comercial. El transporte realizado exclusivamente dentro de España queda excluido de esta obligación.
2. Límite de 44 toneladas: qué cambia y qué no
España amplió el peso máximo autorizado para determinadas configuraciones de vehículos pesados hasta las 44 toneladas de masa máxima autorizada (antes el límite general era de 40 toneladas). Esta medida, que entró en vigor de forma progresiva desde finales de 2025, afecta a:
- Conjuntos articulados de 5 ejes o más con determinadas configuraciones de eje.
- Vehículos de 6 ejes en configuraciones específicas.
- Trenes de carretera bajo condiciones técnicas concretas.
No todos los vehículos pueden circular automáticamente a 44 toneladas. Es necesario verificar que los frenos, neumáticos, ejes y estructura del conjunto cumplen los requisitos técnicos del Real Decreto 1215/2006 y sus modificaciones. Circular con exceso de peso sin la configuración homologada sigue siendo una infracción muy grave.
3. Documento de control electrónico obligatorio desde octubre de 2026
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible establece que, a partir del 5 de octubre de 2026, el documento de control del transporte de mercancías por carretera deberá emitirse exclusivamente en formato electrónico, antes del inicio del trayecto. Esto elimina definitivamente el modelo en papel que muchos transportistas llevan décadas usando.
El documento de control electrónico debe contener los mismos datos que el actual en papel (remitente, destinatario, descripción de la mercancía, matrícula del vehículo, etc.) y estar disponible en tiempo real para todas las partes del contrato y para los agentes de inspección.
¿Qué plataformas puedo usar?
El Ministerio de Transportes no impone una plataforma concreta. Existen varias soluciones homologadas en el mercado, como aplicaciones de gestión de transporte (TMS) que generan el documento directamente, o plataformas específicas de carta de porte electrónica. Lo importante es que el sistema cumpla con los requisitos técnicos que establezca el desarrollo reglamentario de la Ley.
4. Mayor control laboral en el sector: Plan Inspección 2025–2027
El Gobierno ha activado el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025–2027, que identifica el transporte por carretera como sector prioritario de control. Los focos principales son la detección de falsos autónomos, el control de tiempos de conducción y descanso, y la vigilancia de empresas buzón.
Esto se suma al Plan de Lucha contra el Fraude Laboral en el Transporte coordinado entre el Ministerio de Transportes y la Inspección de Trabajo. En la práctica, significa más controles en carretera y más inspecciones en sedes de empresas.